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56 Días en el Tacógrafo: Qué Tienes que Llevar en un Control desde 2025

0 palabras · 05 de June de 2026

Desde el 1 de enero de 2025, si te paran en un control de carretera ya no basta con justificar 28 días de actividad. Ahora son 56 días. El cambio viene del Reglamento (UE) 2020/1054, que modificó el artículo 36 del Reglamento 165/2014. Y aunque la norma ya lleva meses en vigor, todavía hay conductores y empresas que no se han enterado o no saben exactamente qué tienen que llevar.

¿Qué ha cambiado exactamente?

Antes, el conductor tenía que poder presentar los registros del día en curso y los 28 días anteriores. Ahora son 56 días naturales anteriores. El doble. Esto aplica a todos los conductores sujetos al Reglamento 561/2006, independientemente del tipo de tacógrafo que lleven.

Los plazos de descarga no han cambiado: la tarjeta de conductor sigue teniendo que descargarse cada 28 días y la unidad vehicular cada 90. Lo que ha cambiado es cuánto tienes que poder demostrar en un control.

¿Qué tengo que llevar según mi tacógrafo?

Si llevas tacógrafo digital (cualquier generación)

Si llevas tacógrafo analógico

Si alternas analógico y digital (conducción mixta)

¿Tiene la tarjeta capacidad para 56 días?

La tarjeta almacena un número fijo de cambios de actividad (en un elementary file específico, distinto del que registra inserciones y retiradas). Las primeras tarjetas tenían capacidad para 93×28 cambios de actividad. Las tarjetas G2 y G2v2 tienen bastante más memoria, por lo que en la mayoría de casos cubren 56 días sin problema.

Pero si haces muchas inserciones y retiradas al día (cambias de vehículo a menudo), o si registras muchos cruces de frontera manualmente (tacógrafos ST1), la memoria se llena antes. En ese caso, los registros más antiguos se sobrescriben y necesitarás impresiones en papel o archivos de descarga para cubrir los 56 días completos.

Con el Smart Tachograph 2 (ST2), los cruces de frontera se registran automáticamente vía GNSS. Estos registros sí consumen memoria, pero se almacenan en un área distinta de la tarjeta que no afecta a la capacidad de registros de actividad.

¿Qué pasa con los días que no he trabajado?

Todos los días deben estar justificados. Si dentro de esos 56 días hay períodos de vacaciones, baja médica, formación, permisos o simplemente días en los que no condujiste, debes poder demostrarlo. Las opciones son:

Lo que no puedes hacer es dejar días en blanco. Un día sin justificar en un control es una infracción.

Ejemplo práctico

Te paran un miércoles 15 de octubre. Tienes que justificar desde el 20 de agosto (56 días antes) hasta hoy. Tus 56 días incluyen:

Si descargaste la tarjeta el 25 de septiembre, los datos anteriores al 28 de agosto ya no están en la tarjeta. Necesitas el archivo de descarga para cubrirlos.

¿Qué sanción hay si no puedo justificar los 56 días?

La falta de registros de actividad del conductor es una infracción muy grave según la LOTT (art. 140.34), sancionada con 1.001 a 2.000 euros (tramo g del art. 143.1). Y se puede considerar una infracción por cada día no justificado, no una sola por el conjunto.

Consejos prácticos

El cambio de 28 a 56 días parece menor, pero en la práctica obliga a ser más organizado. La buena noticia es que si ya tenías un sistema de descargas y entradas manuales funcionando, adaptarse es solo cuestión de ampliar el hábito.

¿Dudas sobre cómo llevar los 56 días en orden? Pásate por Tacógrafos Lucas y te ayudamos a configurar tu rutina de descargas. 966 11 50 50.

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